Violencia política contra las mujeres también en el entorno digital
Daniela Cristóbal y Néstor Guerrero
El Universal
El pasado 6 de junio se realizaron elecciones intermedias en el país donde se registraron 47,227,271 votos (52.6% de participación ciudadana). Sin duda, una participación histórica que cobra mayor relevancia dado el contexto de pandemia que enfrentamos. Lamentablemente, este proceso democrático también se caracterizó por la violencia. Al respecto, el Observatorio Nacional Ciudadano, en el marco del Fondo de Apoyo a la Observación Electoral 2021 se dio a la tarea de caracterizar el comportamiento de comunidades en las redes sociales asociado a la violencia política y violencia política contra la mujer en razón de género.
La pandemia por Covid-19 cambió la manera en la que los candidatos se relacionan con la ciudadanía. Las redes sociales fueron un espacio donde la comunicación y las relaciones humanas encontraron una alternativa para seguir construyéndose ante las restricciones de hacerlo físicamente. En nuestro estudio, para el caso de violencia política en razón de género, se seleccionaron algunos casos y mediante la elaboración de etnografías digitales se pudo observar que la violencia contra la mujer también se reproduce en entornos digitales.
Antes de 2020, la violencia política en razón de género no era una conducta sancionable por la vía penal, electoral o administrativa. El marco jurídico actual considera sanciones que van desde la amonestación pública hasta la cancelación de registro como candidato o partido político.
Datos del Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género al 7 de julio señalan que hubo 63 personas sancionadas por cometer este tipo de violencia. Destaca que 83% de los sancionados fueron hombres, mientras que 85% de las sanciones tuvieron lugar en el ámbito municipal y 11.4% de las sanciones fueron contra candidatas.
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